Como Inscribirse y Afiliarse
Invitamos cordialmente a los comerciantes de la zona de inscribirse y afiliarse con nosotros. Es facil:
Inscripción
La Inscripción o registro de comerciantes, es obligatorio para toda persona natural o jurídica que se dedique a ejercer el comercio, que se haya declarado como comerciante individual o constituido como comerciante social, debiendo hacer los respectivos tramites de conformidad con el Artículo 384 del Código de Comercio.
La cuota por inscripción en la Cámara de Comercio e Industrias de Copán esta en base a lo acordado por la Federación de Cámaras de Comercio en Febrero del año 1994 y es la siguiente:
| De | Lps. 1.00 | a Lps. 200,000.00: | Lps. 525.00 |
| De | Lps. 200,001.00 | a Lps. 400,000.00: | Lps. 750.00 |
| De | Lps. 400,001.00 | a Lps. 800,000.00: | Lps. 1,500.00 |
| De | Lps. 800,001.00 | a Lps. 1,000,000.00: | Lps. 2,000.00 |
| De | Lps. 1,000,001.00 | en adelante: | Lps. 3,500.00 |
Son considerados Afiliados, los que después de cumplir con la Inscripción ordenada por la Ley, desean formar parte de la membresía.
Para ello únicamente llenan la solicitud de afiliación, presentan fotocopia de la Escritura de Constitución y pagan la cantidad de Lps. 100.00 que hasta la fecha corresponde a la Afiliación, para luego quedar pagando una cuota mensual que es en base a el valor declarado en la escritura como giro de la empresa solicitante.
Las cuotas que los Miembros Afiliados pagan a la Cámara de Comercio varían de una Cámara a otra, ya que estas son aplicadas por los mismos miembros en las Asambleas Generales que regularmente se llevan a cabo una vez por año.
Afiliación
Para ser Miembro Afiliado a la Cámara se necesita:
- Estar de acuerdo a la Ley inscrito en los registros de la Cámara
- Llenar la Solicitud de Afiliación (en Oficina)
- Pagar cuota de ingreso a la afiliación a la Cámara de Comercio e Industrias de Copán, según rubro
- Pagar cuota mensual de afiliación según la categoría y clasificación por rubro
- Autorizar la deducción de cuenta bancaria o hacer los pagos en efectivo
Las Principales funciones de la Cámara de Comercio además de involucrarse en la búsqueda de solución a los problemas comunitarios, es también apoyar a sus afiliados tratando de ayudarles a resolver algunos problemas y sirviéndoles de enlace entre las demás Cámaras del país, la Federación de Cámaras (FEDECAMARA) y el Consejo Hondureño de la Empresa Privada (COHEP).
Existen varias Cámaras de Comercio a nivel nacional, cada una de ellas tiene cobertura en todo el Departamento u otros Departamentos de acuerdo a la distancia. Para el caso la Cámara de Comercio e Industrias de Copán, tiene competencia en los Departamentos de Copán, Ocotepeque y parte de Lempira; ya que la otra Cámara cercana a Lempira (donde no hay Cámara) es la Cámara de La Esperanza en el Departamento de Intibuca. Recientemente fueron fundadas las Cámaras de Comercio en Copán Ruinas y en La Entrada en este mismo Departamento de Copán.
Beneficios que la Cámara de Comercio Brinda a sus Afiliados
Al Convertirse en Afiliado obtendrá:
- Certificado y Carnet que lo acredite como Socio
- Referencias Comerciales
- Certificados
- Acceso a las instalaciones de la Cámara
- Derecho a asistir a conferencias, foros, mesas redondas y cualquier otro evento que se organice
- Credenciales para sus viajes de negocios para que sea atendido en las Cámaras de Comercio del País o Países que visite
- Información Comercial, económica, legal, arancelaria en beneficio de su propio negocio
- Invitación a participar en misiones comerciales, extranjeras y nacionales.
- Asesoría para Ferias Nacionales e Internacionales
- Contactos especiales con el exterior
- Invitación a participar en muestras comerciales
- Consultas en el campo de comercio exterior
- Apariencia de Su Empresa en el listado de afiliados de la pagina web de la Cámara
Derechos del Afiliado
- Asistir a las Asambleas Generales con voz y voto en los asuntos que se discuten en ellas
- Elegir y ser electo en la Junta Directiva
- Integrar comisiones y comités especiales
- Hacer uso de las instalaciones y servicios que la Cámara estableciere con arreglo a los reglamentos correspondientes